domingo, 27 de enero de 2013

Clasificación de las Asignaciones Testamentarias

De una forma general diremos que son puras o simples, ejemplo:

1. Instituyo mi heredero universal a mi hijo A
2. Dejo todos mis bienes a B
3. Sean mis herederos C, D y E
4. Asigno la quinta parte de mi patrimonio a F
5. Dejo diez mil dólares a K

A pesar de que estas asignaciones son las más lógicas, se utilizaron primero; sin embargo con la aparición de nuevas necesidades que satisfacer en tema sucesorio, nuestra legislación contempla tres tipos de asignaciones:
a) Asignaciones Condicionales
b) Asignaciones a día y plazo
c) Asignaciones propiamente modales

Asignaciones Condicionales: Son aquellas subordinadas al cumplimiento de una condición, es decir están sometidas al cumplimiento de una evento futuro e incierto del cual dependerá el nacimiento o extinción de un derecho. Clases de condiciones: 1. Condiciones Suspensivas 2. Condiciones Resolutorias Condiciones Suspensivas: Es aquella que mientras no se realiza el hecho de materia de ella, no nace el derecho de suceder y solo existe una expectativa. Condiciones Resolutorias: Es aquella en la que nace el derecho de suceder, con la misma muerte del causante pero que por consumarse el hecho contrario al impuesto por el testador se pierde dicho derecho.

Asignaciones Condicionales ineficaces: 1. No surte efecto la condición que se imponga a los asignatarios de no impugnar el testamento, porque la impugnación es de orden público y es un derecho que asiste a todo sucesor, que nadie puede prohibir. 2. La condición impuesta al heredero o legatario de no contraer matrimonio se la tendrá por no escrita, porque atenta contra las leyes éticas, naturales y sociales. 3. La condición de mantenerse en estado de viudez también será ineficaz, por el mismo fundamento racional

Asignaciones a Día y Plazo: a diferencia de las asignaciones condicionales, estas a pesar de también estar sujetas a un futuro, este es cierto; ya que, plazo es el tiempo que va hasta la realización de un hecho inevitable.
Clasificación de los días:
a) Día cierto y determinado: jueves 21 de Febrero del 2013, un mes después de mi examen de constitucional
b) Día cierto e indeterminado: El día de mi fallecimiento.
c) Día incierto y determinado: El día en que María cumpla 24 años
d) Día incierto en indeterminado: El día en el que Álvaro Noboa gane la presidencia

Asignaciones Propiamente Modales: Son aquellas en las que el testador impone a su sucesor el cumplimiento de una obligación. De tal modo que el asignatario adquiere el derecho de dominio, solo al cumplir la obligación

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